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La representación de los trabajadores reclama en conflicto colectivo que el complemento de IT por enfermedad común y accidente de trabajo hasta el 100% de la prestación a cargo de la empresa, que recoge el convenio colectivo, se aplique a los supuestos de aislamiento y contagio por COVID-19, declarándose el derecho de los trabajadores en situación de IT derivada de COVID-19 a percibirlo. A lo que la empresa se opone.Están afectados los trabajadores que han percibido la prestación de accidente laboral a consecuencia de la situación de IT derivada de COVID-19.La AN reitera la consideración como asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del COVID-19 con carácter excepcional (RDL 6/2020 art.5 redacc L 10/2021); (AN 13-5-21, EDJ 574084). Lo que impone una interpretación estricta y literal, referida únicamente a la prestación de IT y no a las obligaciones empresariales de naturaleza contractual como son los complementos de la prestación.Y el régimen complementario con cargo al empresario únicamente procede cuando concurra la contingencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional, lo que no tiene lugar en los supuestos de contagio o aislamiento con causa en la COVID-19, salvo que esta enfermedad hubiera tenido como causa única la actividad laboral.En definitiva, la consideración de los periodos de aislamiento o contagio de los trabajadores por COVID-19, como situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de IT, no alcanza a la mejora voluntaria a cargo de la empresa. El TS se pronuncia en el mismo sentido (TS 20-1-22, EDJ 502754Rec 269/21).AN 12-1-22, EDJ 502005Rec 311/21
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