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Con efectos desde el 28-10-2022 y, respecto a los sujetos pasivos que sean colaterales consanguíneos de segundo y tercer grado del causante, incluidos en el Grupo III de parentesco (nº 8442 Memento Fiscal 2022), se incrementa a un 25% el porcentaje de la bonificación de la cuota tributaria derivada de adquisiciones tanto mortis causa como inter vivos, así como de las cantidades percibidas por beneficiarios de seguros de vida que se acumulen al resto de bienes y derechos que integren la porción hereditaria del beneficiario.DLeg Madrid 1/2010 art.25 redacc L Madrid 7/2022 art.único, BOCM 27-10-22; L Madrid 7/2022 disp. final única, BOCM 27-10-22
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