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Medidas urgentes en el IBI con motivo de los daños causados por los incendios forestales

El Gobierno ha aprobado una serie de medidas urgentes para reparar los daños causados por los incendios forestales, así como tormentas de pedrisco, producidos en varias Comunidades Autónomas a lo largo de los meses de mayo y junio.
Entre las medidas adoptadas se encuentra la exención de las cuotas del IBI del ejercicio 2012 de las viviendas, establecimientos industriales, mercantiles y turísticos, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares que hayan sido dañados como consecuencia directa de los siniestros citados.
La exención de la cuota comprende los recargos legalmente autorizados sobre ella.
Los contribuyentes que, teniendo derecho a la citada exención, hayan satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal, pueden pedir la devolución de las cantidades ingresadas.
Es requisito imprescindible la acreditación de que las personas y los bienes ubicados en dichos inmuebles han sido objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos, o que los destrozos sufridos en las cosechas constituyan siniestros no cubiertos por cualquier forma de aseguramiento público o privado.

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