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Este DNUF realiza la adaptación de lo dispuesto en el RDL 28/2020 disp.adic.7ª, en lo que se refiere al tipo impositivo del IVA aplicable a ciertas operaciones y, por ello, con efectos a partir del 23-4-2020 y vigencia hasta el 31-10-2020, se aplica el tipo del 0% del IVA a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes referido en el DNUF Araba 13/2020EDL 2020/32037 anexo cuyos destinatarios sean entidades de Derecho Público, clínicas o centros hospitalarios, o entidades privadas de carácter social a que se refiere el DFN Araba 12/1993EDL 1993/23342 art.20.tres. Estas operaciones se deben documentar en factura como operaciones exentas.DNUF Araba 13/2020EDL 2020/32037, BOTHA 19-10-2020
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