11
Como consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus, en Bizkaia se ve preciso adoptar medidas tributarias adicionales en materia de IRPF, por ello, con efectos desde el 17-6-2020:a) Se corrige una referencia errónea existente en relación con la deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas aplicable por los contribuyentes del IRPF, donde se concreta que los mismos fondos no pueden dar derecho a aplicar esta deducción en más de una persona o entidad.b) Se introduce una medida que afecta a la imposición directa del personal sanitario y que trae causa en la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa directa del coronavirus. Por ello, se declaran exentas las prestaciones por las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa del coronavirus, respectivamente, derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario suscrito por entidades aseguradoras a través de la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), así como de cualquier otro seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario de similares características suscrito por entidades aseguradoras.DFN Bizkaia 4/2020 art.2.dos.1.d redacc DFN Bizkaia 7/2020EDL 2020/16488 art.1.dos, BOTHB 17-6-20DFN Bizkaia 7/2020EDL 2020/16488 art.3, BOTHB 17-6-20
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios