El plan director de instalaciones deportivas de Aragón es el instrumento básico y esencial en la ordenación del sistema aragonés de infraestructuras deportivas atendiendo a su tipología y cualificación, a las necesidades de la población, al equilibrio territorial y a la universalización de la práctica deportiva en Aragón. Tiene carácter de directriz especial de ordenación territorial.
Su aprobación corresponde al Gobierno de Aragón en colaboración, para su elaboración y ejecución, con la Administración General del Estado, las diputaciones provinciales, las comarcas y los ayuntamientos aragoneses y otras entidades de carácter público o privado. Implica la declaración de utilidad pública o interés social de las obras necesarias para llevar a cabo la ejecución de los mismos, con el fin de la expropiación forzosa o la imposición de las correspondientes servidumbres forzosas.
Las Administraciones locales han de velar por el cumplimiento del plan a cuyo efecto han de adoptar las previsiones urbanísticas necesarias en los instrumentos de ordenación y comprobar, en la concesión de la licencia de obras o de actividad de instalaciones deportivas de uso público, el cumplimiento de la normativa básica de construcción, uso y mantenimiento definida en el Plan director de instalaciones deportivas de Aragón. Asimismo pueden elaborar planes provinciales, comarcales o municipales de instalaciones deportivas, de acuerdo con lo establecido por el propio plan director.
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