El TCo considera que no existían razones de urgencia para incluir las modificaciones, relativas a la atribución al SEPE de la competencia para sancionar determinados tipos infractores imputables a los beneficiarios de las prestaciones y subsidios de desempleo, en un Real Decreto Ley, por lo que declara inconstitucional y nula:
1. La modificación del RDL 11/2013 art.7, sobre la L 56/2003 art.27.4, en lo referente al último inciso del párrafo 2º.
2. La modificación del RDL 11/20013 art.8.5, sobre el RDLeg 5/2000 art.48.5.
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