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De este modo, en los períodos impositivos 2023, 2024 y 2025, el porcentaje de imputación del 1,1% se aplica a inmuebles localizados en municipios en los que los valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general, de conformidad con la normativa catastral, siempre que hubieran entrado en vigor a partir de 1-1-2012.LIRPF disp.adic.55ª redacc RDL 16/2025 art.14.dos. BOE 24-12-25
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