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Desde el 20-5-2024, las labores de tabaco que circulen, fuera de régimen suspensivo, con destino dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, deben contenerse en envases provistos de una precinta de circulación del impuesto conforme a los modelos de precintas (Orden Canarias 9-5-2011EDL 2011/47642 art.19 redacc Orden Canarias 17-4-24EDL 2024/7461).Con efectos 22-7-2024, se aprueba el modelo que debe ser utilizado en la petición de precintas de circulación de las labores de tabaco así como las instrucciones para su cumplimentación. Asimismo, se aprueba el modelo de recepción de las precintas.Agencia Tributaria Canarias Resol 25-6-24EDL 2024/13702, BOCANA 19-7-24NOTACon la entrada en vigor de la presente Resolución se deroga Resol Canarias 29-5-19EDL 2019/20672.
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