Se fija como doctrina legal que forma parte de la base imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en el supuesto de instalación de plantas fotovoltaicas de energía solar, el coste de todos los elementos necesarios para la captación de la energía que figuren en el proyecto para el que se solicita la licencia de obras y carezcan de singularidad o identidad propia respecto de la construcción realizada.
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