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La AEAT estableció las condiciones generales y el procedimiento para la validación informática de los avales que, presentados por los obligados tributarios, eran otorgados por entidades financieras (DG AEAT Resol 28-2-06EDL 2006/11464). Con el fin de acelerar los trámites administrativos y aumentar la seguridad del cobro, el procedimiento utiliza el Número de Referencia Completo (NRC).Las nuevas tecnologías y los posibles problemas de seguridad han obligado a revisar este sistema de gestión de los NRC. Así, con efectos generales desde el 4-9-2021 y entre otras modificaciones, la AEAT pasa a ser la emisora del NRC -que hasta la fecha era emitido por las propias entidades financieras- (OM HFP/915/2021).En este contexto, con efectos generales desde el 18-11-2021, se adapta la DG AEAT Resol 28-2-06EDL 2006/11464 al sistema actual de gestión recaudatoria, modificándose el procedimiento para la generación y validación del NRC asociado a los avales, así como los apartados relativos a incidencias y responsables.En todo caso, la AEAT, como nueva emisora del NRC, no asumirá ninguna responsabilidad en el caso de que los procedimientos establecidos sean empleados en un área distinta al ámbito de aplicación delimitado por la propia resolución.Como régimen transitorio, la AEAT admitirá como válidos hasta el 3-12-2021 aquellos NRC que, habiendo sido correctamente generados por las entidades de crédito, figuren en avales formalizados con anterioridad a dicha fecha.DG AEAT Resol 28-2-06 Primero a Octavo y Anexo I y II redacc DG AEAT Resol 20-9-21EDL 2021/33715 Primero, BOE 24-9-21; DG AEAT Resol 20-9-21EDL 2021/33715 Segundo y Tercero, BOE 24-9-21
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