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Galicia. Bono de Alquiler Social del Plan rehaVIta

Con efectos 21-5-2016, se modifican las órdenes de referencia con el objeto de:
a) Extender el programa del Bono de Alquiler Social del Plan rehaVIta a las unidades de convivencia que, habiendo sido beneficiarias del Programa Aluga, regulado por D Galicia 84/2010, para el fomento del alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Galicia, hayan finalizado el período de disfrute de esta ayuda dentro de los 9 meses anteriores a la fecha de la presentación de su solicitud de subvención del programa de Bono de Alquiler Social.
b) Incrementar el importe mensual de la ayuda del Bono Alquiler Social para los contratos de arrendamiento formalizados en los ayuntamientos de Galicia señalados en Orden Galicia 7-8-15 art.6.1.a) y b), cuyas rentas de los contratos de alquiler son más altas.
c) Añadir a la relación de los ayuntamientos a los que se refiere Orden Galicia 7-8-15 art.6.1.a), los ayuntamientos de Lugo y Ferrol.
d) Incrementar el importe de la ayuda complementaria, tanto en el supuesto de formalizar un nuevo contrato de arrendamiento, como en el caso de permanecer en la vivienda objeto del procedimiento judicial de desahucio.

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