Con efectos desde el 9-7-2013, se produce la suspensión de la vigencia y aplicación del DL Andalucía 6/2013 art.1 -por el que se da nueva redacción a la L Andalucía 1/2010 art.1.3, 25 y 53.1.a)– y del DL Andalucía 6/2013 disp.adic.segunda, en relación a la necesidad de vivienda de personas en situación de emergencia social y la ocupación de viviendas deshabitadas, tras la admisión del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra las citadas disposiciones.
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