Las bonificaciones de cuotas se financian con cargo a la correspondiente partida presupuestaria del SEPE.
Las reducciones de cuotas para las contrataciones y transformaciones de los contratos para la formación y el aprendizaje se financian con cargo a la correspondiente partida presupuestaria de la TGSS.
Las bonificaciones y las reducciones de cuotas de la Seguridad Social se deben aplicar por los empleadores con carácter automático en los correspondientes documentos de cotización, sin perjuicio de su control y revisión por la ITSS, por la TGSS y por el SEPE.
La TGSS debe facilitar mensualmente al SEPE, el número de trabajadores objeto de bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social, desagregados por cada uno de los colectivos de bonificación, con sus respectivas bases de cotización y las deducciones que se apliquen de acuerdo con los programas de incentivos al empleo y que son financiadas por el SEPE.
Con la misma periodicidad, la DG del SEPE debe facilitar a la DG de ITSS la información necesaria sobre el número de contratos comunicados objeto de bonificaciones de cuotas, detallados por colectivos, así como cuanta información relativa a las cotizaciones y deducciones aplicadas a los mismos sea precisa, al efecto de facilitar a este centro directivo la planificación y programación de la actuación inspectora que permita vigilar la adecuada aplicación de las bonificaciones previstas en los correspondientes programas de incentivos al empleo, por los sujetos beneficiarios de la misma
Actualidad jurídica
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