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En relación con el precio del transporte, con efectos desde el 27-6-2022, se modifica la Ley del contrato de transporte terrestre de mercancías (L 15/2009 disp.adic.8ª).En relación con cómo debe documentarse su facturación, en todas las facturas referidas a transportes por carretera realizados entre el 1-7-2022 y el 31-12-2022, debe reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización de dicho transporte. Y con el fin de determinar el coste del combustible se ha de tomar como referencia el precio medio semanal del gasóleo de automoción con impuestos que se recoja en el “Oil Bulletin” de la UE para España. Esta obligación solo es aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.RDL 11/2022 art.12 y disp. final 6ª, BOE 26-6-22; L 15/2009 disp.adic.8ª redacc RDL 11/2022, BOE 26-6-22
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