En materia de ordenación del territorio se atribuyen competencias a la Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía relacionadas con vías pecuarias y con el apoyo a las dehesas boyales y fincas de propiedad municipal.
También debe ejercitar las competencias asignadas en materia de reforma y desarrollo agrario y, en particular, la ordenación de la propiedad rústica, incluidas la adquisición y redistribución de tierras; la supervisión, redacción y dirección de planes y estudios de regadíos y de aprovechamiento de aguas superficiales, subterráneas y residuales con interés agropecuario y la planificación de recursos hidráulicos con interés agrario; la redacción, dirección y supervisión de los estudios y planes que, orientados al aprovechamiento y mejora de los suelos, sean propios de la actividad agropecuaria.
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