Exención por trabajos en el extranjero para integrantes de la Armada en el marco de operaciones de la OTAN (RF 24/25 10 de Junio de 2025 al 16 de Junio de 2025)
La exención por trabajos en el extranjero resulta aplicable a los rendimientos percibidos por los tripulantes de buques de guerra de la Armada Española que navegan en aguas internacionales en misiones de la OTAN.