La aprobación y tramitación de la estrategia territorial de Navarra se mantiene de conformidad con lo expuesto en LOTUNA art.33, sin embargo se establece, con efecto 16-6-2015, que, una vez aprobada, es competencia del Consejo Social de Política Territorial realizar un seguimiento anual, teniendo en cuenta los indicadores del Observatorio Territorial de Navarra.
Cada 4 años este órgano debe remitir al Gobierno de Navarra y al Parlamento navarro una memoria sobre la aplicación de la estrategia territorial, el grado de cumplimiento de sus previsiones, la vigencia de sus propuestas y la necesidad de revisar el instrumento.
La actualización, competencia del Gobierno de Navarra, se lleva a cabo mediante la adaptación de sus estrategias a la situación actual y/o la incorporación de contenidos que contribuyan a interpretar, concretar e implementar adecuadamente su modelo de desarrollo territorial de futuro.
La revisión se sujeta a las mismas disposiciones y procedimiento que el establecido para su elaboración y aprobación.
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