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Especialidades en el IS para 2016

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016, se reduce el límite cuantitativo previsto para la compensación de bases imponibles negativas del 70% al 60%, tanto en el régimen individual como en el de grupo fiscales (ver 3210 Memento Contable 2014).
Asimismo, con los mismos efectos temporales, se prevé que el límite cuantitativo aplicable a la integración de determinadas dotaciones por deterioro de créditos y otros activos y de determinadas provisiones que generen activos por impuestos diferidos se reduzca del 70% al 60%, tanto en el régimen individual como en el de grupos fiscales.

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