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Recientemente se ha regulado la formación del registro de personas o entidadesextractoras de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre hidrocarburos que está integrado por las personas o entidades, cualquiera que sea su condición, que extraigan de los depósitos fiscales los productos incluidos en los ámbitos objetivos de los citados impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre hidrocarburos. Asimismo, se han incorporado los registros territoriales del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico No Reutilizables y del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos.Por otra parte, como los contribuyentes que quieran optar por la aplicación del régimen especial para trabajadores desplazados (a que se refiere la NF Araba 33/2013 art.56 bis), deben ejercitar la opción al presentar la autoliquidación del IRPF correspondiente a cada uno de los períodos impositivos en los que desee aplicarlo, es preciso eliminar del modelo censal 009 la comunicación del régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español.Por ello, con efectos a partir del 11-1-2024: – se incorpora a los modelos 036 y 037 de declaraciones censales de alta, modificación y baja del censo único de contribuyentes, la solicitud de inclusión y de baja en el registro de personas o entidades extractoras de depósitos fiscales de productos incluidos en los ámbitos objetivos de los impuestos sobre el alcohol y bebidas derivadas o sobre hidrocarburos así como las solicitudes de inscripción en el registro territorial del Impuesto especial sobre Envases de Plástico No Reutilizables y del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero;- se elimina del modelo 009 de declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo Único de Contribuyentes. Personas físicas sin actividad económica, la comunicación del régimen especial para trabajadores desplazados a territorio español.OF Araba 160/2011 anexo I, II y III redacc OF Araba 834/2023, BOTHA 10-1-24
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