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Se aprueba el modelo 238 declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas. Se aplica por primera vez a la declaración correspondiente al ejercicio 2023, que se debe presentar hasta el 17-6-2024:a) Obligados a su presentación: 1.Los operadores delimitados en el DF Navarra 174/1999 art.62 ter.A.3.No están sujetos los operadores de plataforma cualificados externos a la Unión, cuyas actividades pertinentes son, en su totalidad, actividades pertinentes cualificadas que son objeto de un intercambio automático de información.2.Los operadores de plataforma excluidos que puedan demostrar, de conformidad con la legislación nacional, que el modelo empresarial de su plataforma no tiene vendedores sujetos a comunicación de información. En este caso el modelo contiene una declaración negativa.b) Periodicidad y plazo de presentación: la presentación tiene carácter anual y se debe hacer en enero del año natural siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar.c) Forma de presentación: exclusivamente en formato electrónico y se presentará por vía electrónica a través de Internet de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento descritos en los artículos 7 y 8 de la orden de cabecera.Los presentadores deben tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la presentación electrónica y que se encuentran publicadas en la página web del Gobierno de Navarra, en el apartado correspondiente a la Hacienda Foral de Navarra.d) Habilitación para la presentación: La presentación se puede efectuar por:1. Los obligados a su presentación o, en su caso, sus representantes.2.Las personas o entidades que ostenten la condición de colaboradores sociales en la aplicación de los tributos (LFGT NavarraEDL 2000/90398 art.90 y OF Navarra 130/2009).OF Navarra 37/2024, BON 16-4-24
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