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Se aprueba el modelo 179 de declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos de aplicación, por primera vez, a las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que deban presentarse en enero de 2024. Los puntos a destacar son:a) Obligados a su presentación: están obligadas a presentar el modelo, en el caso de que deban presentar sus declaraciones ante la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, en relación con cada operación de cesión de viviendas con fines turísticos durante el periodo al que se refiere la declaración informativa.b) Contenido: debe ser objeto de declaración la siguiente información en relación con cada operación de cesión de viviendas con fines turísticos durante el periodo al que se refiere la declaración informativa:- identificación del titular de la vivienda alquilada con fines turísticos, así como del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda con fines turísticos;- identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral;- identificación de las personas o entidades cesionarias, así como el número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos;- importe percibido por el titular cedente del derecho por la prestación del servicio de cesión de la vivienda con fines turísticos o, en su caso, indicar su prestación gratuita.c) Plazo de presentación: la presentación tiene una periodicidad anual, y debe presentarse en relación con la información y las operaciones que correspondan al año natural inmediato anterior, en el plazo comprendido entre el 1 y el 31 de enero de cada año.d) Forma de presentación: El modelo estará disponible exclusivamente en formato electrónico y se presentará por vía electrónica a través de Internet de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento descrito en la OF Navarra 17/2023 art.7 y 8. Los presentadores deben tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación electrónica y que se encuentran publicadas en la página web del Gobierno de Navarra, en el apartado correspondiente a la Hacienda Foral de Navarra.e) Habilitación para la presentación: la presentación electrónica por Internet se puede efectuar por:- los obligados a su presentación o, en su caso, sus representantes;- las personas o entidades que ostenten la condición de colaboradores sociales en la aplicación de los tributos.OF Navarra 17/2023, BON 27-3-23NOTAPara las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, que deban presentarse en enero de 2024 queda derogada la Orden Foral por la que se aprueba el modelo 179 de declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (OF Navarra 125/2021).
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