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Con efectos a partir del 13-1-2024, el modelo 030 puede ser empleado para comunicar el cambio de domicilio fiscal por todas las personas físicas, incluidas las que formen parte del censo de empresarios, profesionales y retenedores, que hasta ahora debían presentar necesariamente el modelo 036 para ese fin.No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la comunicación del cambio de domicilio fiscal también puede efectuarse en la autoliquidación correspondiente a la imposición personal que las personas físicas residentes en Gipuzkoa tengan que presentar después del cambio de domicilio.Si con anterioridad al vencimiento del plazo de 3 meses para la comunicación del cambio de domicilio fiscal finaliza el de presentación de la autoliquidación correspondiente a la imposición personal que el obligado tributario residente en Gipuzkoa tiene que presentar después del cambio de domicilio, la comunicación puede efectuarse en el correspondiente modelo de autoliquidación.OF Gipuzkoa 412/2014 art.2, 4 y anexo redacc OF Gipuzkoa 2/2024 art.único, BOTHG 12-1-24
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