Se incrementan en un 1% los importes de las pensiones del extinguido SOVI no concurrentes. La cuantía de estas pensiones, sobre la que ha de aplicarse el incremento indicado, es la resultante de incrementar la vigente a 31-12-2010 en el porcentaje del 2,9%, correspondiente al IPC real del periodo de noviembre de 2010 a noviembre de 2011.
Quedan exceptuadas de dicho incremento las pensiones del SOVI cuando entren en concurrencia con otras pensiones públicas, excepto cuando concurran con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad. A estos efectos, no se consideran pensiones concurrentes la prestación económica reconocida a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil (L 3/2005), ni la de los mutilados útiles o incapacitados de primer grado por causa de la pasada guerra civil española, ni el subsidio por ayuda de tercera persona (L 13/1982), ni las pensiones extraordinarias derivadas de actos de terrorismo. No obstante,cuando la suma de todas las pensiones concurrentes y las del SOVI, una vez revalorizadas aquéllas, sea inferior a la cuantía fijada en 2012 para la pensión de tal Seguro concurrente, calculadas unas y otras en cómputo anual, la pensión del SOVI se revaloriza en un importe igual a la diferencia resultante. Esta diferencia no tiene carácter consolidable, siendo absorbible con cualquier incremento que puedan experimentar las percepciones del interesado, ya sea en concepto de revalorizaciones o por reconocimiento de nuevas prestaciones de carácter periódico
Por tanto, a partir del 1-1-2012 la cuantía de las pensiones del SOVI es:
– pensiones del SOVI no concurrentes: 5.539,80 €/año;
– pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social o con alguna de estas pensiones y, además, con cualquier otra pensión pública de viudedad: 5.383,00 €/año.
Actualidad jurídica
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