Quienes acrediten una edad entre los 35 y 43 años así como una laguna de cotización de al menos 3 años entre el 2-10-2008 y el 1-7-2018, pueden suscribir convenio especial con la TGSS para la recuperación de un máximo de 2 años en el periodo antes descrito.
Dichas cotizaciones computan exclusivamente a los efectos de incapacidad permanente, jubilación y muerte y supervivencia, llevándose a cabo en los términos que se determine reglamentariamente.
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