Con efecto 29-6-2018, se aprueban las presentes bases reguladoras, que tienen por objeto regular las ayudas en materia de vivienda a personas físicas para facilitar el disfrute, acceso y permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a los inquilinos en el ámbito de la Comunidad Valenciana, en los términos previstos en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.
Son objeto de estas ayudas las rentas de arrendamiento devengadas desde el 1 de enero del año de la convocatoria.
Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:
1. Programa de ayudas al alquiler de viviendas. Personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a) Nacionalidad española o residencia legal en España.
b) Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la L 29/1994.
c) Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.
d) Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento sean iguales o inferiores a 3 veces el IPREM, con carácter general.
e) Que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo sea por una renta igual o inferior a los límites establecidos, en función de la localidad de emplazamiento de la vivienda.
2. Programa de ayudas al alquiler para jóvenes. Personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos detallados en el Programa del punto 1 anterior y que cumplan las siguientes condiciones:
a) En el momento de solicitar la ayuda, tener menos de 35 años.
b) No recibir ninguna otra ayuda para atender el pago de la renta de alquiler de vivienda.
Se prevén grupos de especial atención que tendrán prioridad en la concesión de las ayudas.
La cuantía de la subvención podrá alcanzar:
– en el Programa de ayudas al alquiler de vivienda, hasta el 40% de la renta de alquiler -50% si el solicitante y todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años-;
– en el Programa de ayudas a jóvenes para alquiler de vivienda, hasta el 50% de la renta del alquiler.
Queda derogada la Orden C.Valenciana 5/2017, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de ayudas al alquiler de vivienda para el periodo 2017.
Actualidad jurídica
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