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Circunstancias por las que se mantiene o pierde la consideración de la vivienda como habitual (RF 36/25 02 de Septiembre de 2025 al 08 de Septiembre de 2025)

Para que la vivienda no pierda el carácter de habitual, las circunstancias que necesariamente exigen el cambio de domicilio deben comportar una obligatoriedad en dicho cambio. Si el contribuyente mantiene la posibilidad de elegir, tal circunstancia no permite excepcionar el plazo de tres años de permanencia en la vivienda para considerarla como habitual. Por otro lado, la vivienda habitual pierde tal condición si se destina al alquiler vacacional a través de plataformas tipo Booking o Airbnb.

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