Se establece el régimen jurídico para la concesión de subvenciones con destino a facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos.
Se exceptúan los arrendamientos de viviendas de protección pública de promoción directa, los subarrendamientos, los arrendamientos de habitaciones o parciales de viviendas, los arrendamientos de locales usados como vivienda y los arrendamientos para usos distintos del de vivienda.
La ayuda consiste en subvencionar parcialmente la renta anual que deban satisfacer las personas físicas mayores de edad, formen parte o no de unidades de convivencia, que arrienden viviendas situadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, para destinarlas a residencia habitual y permanente.
El período máximo subvencionable es de 12 meses consecutivos, a contar desde el mes siguiente a aquel en el que se publique la relación de beneficiarios en el BOCYL.
Para ser beneficiario de una de estas ayudas es preciso cumplir los requisitos sobre titularidad del contrato de arrendamiento, residencia habitual y permanente, nacionalidad, ingresos mínimos y máximos, que se establecen en la base 4ª.
NOTA
Se deroga la Orden Castilla y León FOM/447/2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a jóvenes arrendatarios de vivienda y complemento de la renta básica de emancipación, así como la Orden Castilla y León FOM/448/2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a los arrendatarios de viviendas.
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