Con efectos 1-1-2019 se modifican las bonificaciones en la cuota del ISD y se establece:
– Una bonificación autonómica del 100% de la cuota en las sucesiones mortis causa de los contribuyentes incluidos en los Grupos I y II de parentesco.
– Una bonificación autonómica del 90% de la cuota tributaria en las sucesiones mortis causa de los contribuyentes incluidos en los Grupos III y IV, vinculadas al causante incapacitado como tutores legales judicialmente declarados.
– Una bonificación autonómica del 100% en la cuota tributaria en las donaciones realizadas entre los Grupo I y II de parentesco.
Desde esa fecha se eliminan el resto de las bonificaciones autonómicas previstas en el artículo que existían para el ISD.
Actualidad jurídica
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