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Bizkaia: se modifican las Normas Técnicas de Valoración Catastral de los BICES en el IBI

Con efectos a partir del 14-7-2018, los coeficientes correctores aplicables a las construcciones de la zona de tierra, esto es, terminal de pasajeros, torre de control, hangares, sistemas de transporte e inspección de equipajes y centrales térmica y eléctrica se han de corregir mediante el siguiente cuadro de depreciación por antigüedad:

Años completos
Coeficiente corrector
Hasta 5
1,00
De 6 a 10
0,87
De 11 a 20
0,76
De 21 a 30
0,64
De 31 a 40
0,55
De 41 a 50
0,48
De 51 a 60
0,42
De 61 a 70
0,37
De 71 a 80
0,33
Más de 80
0,29

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