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Autorización de residencia al estudiante para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial

Pueden permanecer en España durante un período máximo e improrrogable de 12 meses con el fin de buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial, los extranjeros que simultáneamente:
– hayan finalizados los estudios en una institución de educación superior;
– hayan alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones, correspondiente a la acreditación de grado.
A tal efecto, durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización de estancia por estudios y durante los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de dicha autorización de estancia, el estudiante ha de solicitar mediante medios electrónicos una autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial a la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia en la que vaya a residir, que únicamente va a comprobar que se ha obtenido el título o certificado de educación superior u otra prueba de cualificación oficial, que cuenta con seguro médico y el mantenimiento de recursos suficientes. Para acreditar esta última circunstancia, el solicitante presentará una declaración responsable en la que detallará los medios con los que acredite la suficiencia de recursos.
La solicitud en el plazo indicado prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento. Todo ello, sin perjuicio de la posible incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en que se hubiese incurrido de haber caducado la autorización.
El plazo para resolver esta autorización es de 20 días, transcurridos los cuales se entiende concedida por silencio administrativo.
Durante la vigencia de la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial:
– puede estar acompañado por sus familiares en caso de que estos ya le hubiesen acompañado durante su estancia por estudios, estando en todo caso su permanencia vinculada a la situación del titular de la autorización principal;
– en caso de encontrar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o de haber emprendido un proyecto empresarial, se deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley de Extranjería (LO 4/2000) o en la Ley de apoyo a los emprendedores (L 14/2013).

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