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Con efectos a partir del 14-6-2022 y, de aplicación para las autoliquidaciones cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1-7-2022:- se establece que el plazo de presentación de este modelo es durante los 25 días del mes natural siguiente a la finalización del período al que se refiera la autoliquidación (antes, se debía presentar dentro del mes natural siguiente a la finalización del periodo al que se refiera la autoliquidación);- se introduce una corrección de carácter técnico, en lo referido a la obligación de presentar este modelo en calidad de intermediario (OF Bizkaia 1328/2021EDL 2021/27033 art.2), para adecuarlo a lo previsto en el Concierto Económico en lo que a exacción del IVA se refiere (L 12/2002 art.27.siete). OF Bizkaia 1328/2021 art.2.c y 3 redacc OF Bizkaia 619/2022EDL 2022/20279, BOTHB 14-6-22
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