La Administración urbanística dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón atribuye competencias en materia de ordenación del territorio y el urbanismo a:
• Departamento de vertebración del territorio, movilidad y vivienda. Le corresponden la totalidad de las competencias del anterior departamento de vertebración del territorio, movilidad y vivienda (D Aragón 5-7-2015 art.7), con excepción de la competencia de turismo.
• Departamento de industria, competividad y desarrollo empresarial. Además de las competencias propias en materia de industria, comercio, artesanía, energía y minas se le atribuyen las competencias en materia de turismo.
• Departamento de agricultura, ganadería y medio ambiente. Le corresponden las competencias atribuidas al anterior departamento de desarrollo rural y sostenibilidad y se le adscriben el Instituto aragonés del agua y el Instituto aragonés de gestión ambiental.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios