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Aprobación de medidas urgentes en el IBI con motivo de la sequía existente en determinadas cuencas hidrográficas

El Gobierno ha aprobado una serie de medidas cuya finalidad es apoyar y, en su caso, conceder ayudas a los titulares de las explotaciones agrarias situadas en los ámbitos territoriales afectados por la sequía en el presente año agrícola, que hayan sufrido pérdidas de producción bruta en los cultivos o en los aprovechamientos ganaderos de, al menos, un 20% de la producción normal en zonas desfavorecidas, y de un 30% en las demás zonas, de conformidad con los criterios establecidos por la UE.
Entre las medidas adoptadas se concede la exención de las cuotas del IBI correspondientes a los ejercicios 2017 y 2018 que afecten a fincas, viviendas, locales de trabajo y similares, de naturaleza rústica, de titularidad de agricultores y ganaderos afectados por la sequía radicados en las zonas a las que se ha hecho referencia anteriormente.
Se requiere la acreditación de daños materiales directos en los inmuebles y las explotaciones agrarias y que los mismos no están cubiertos por ninguna fórmula de seguro público o privado.
La exención de las cuotas en el IBI comprende la de los recargos legalmente autorizados sobre aquel.
Los contribuyentes que, teniendo derecho a la exención, hayan satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal, pueden pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

NOTA
Los ámbitos territoriales afectados a los que concretamente sea de aplicación la medida aludida se determinarán por orden del Ministerio del Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

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