Capitalización o condonación de créditos en sociedades unipersonales
Si el crédito y la deuda tienen el mismo valor fiscal, el valor de mercado al que se produce la capitalización o condonación se corresponde con la obligación contractual del préstamo existente entre las partes afectadas, sin que deba tenerse en cuenta el posible deterioro contable que pudiera existir en el derecho de crédito.