Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Zonificación acústica. Ruido. Castilla y León

En los instrumentos de planificación territorial y de planeamiento urbanístico debe incluirse una zonificación acústica del territorio, las zonas de servidumbre acústica y de reserva de sonido de origen natural. Para ello deben incluirse determinaciones relativas a estas cuestiones en el correspondiente instrumento de planeamiento urbanístico general, si bien pueden modificarlas justificadamente para mejorar el cumplimiento de los objetivos de la ley.
Para la concesión de licencias de construcción de edificaciones destinadas a viviendas, usos hospitalarios, asistenciales, educativos o culturales, el promotor debe presentar un estudio acústico realizado por una entidad de evaluación acústica que determine los niveles sonoros ambientales existentes en la parcela donde se debe ubicar el edificio.
Si el municipio dispone de mapa de ruido actualizado realizado por una entidad de evaluación acústica, estos niveles sonoros pueden obtenerse del mapa de ruido, no siendo necesario presentar estudio acústico específico.
En cualquier caso, en proyecto, se deben justificar estos niveles sonoros en referencia al mapa de ruido o al estudio acústico.
Las viviendas unifamiliares aisladas que se encuentren alejadas de emisores acústicos y la rehabilitación de viviendas unifamiliares aisladas, pareadas y adosadas pueden excluirse de las obligaciones anteriores si ajuicio de los técnico municipales, no se preven impactos acústicos directos en el emplazamiento de la vivienda sobre la base de un informe acústico elaborado por el proyectista.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).