Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Vigencia del planeamiento. Andalucía

Los instrumentos de planeamiento tienen vigencia indefinida.
Sin embargo, con carácter excepcional y cuando resulte necesario para garantizar el interés público, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a petición razonada – y con plena asunción de las consecuencias económicas que puedan resultar- del municipio o municipios afectados y previo dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, puede suspender motivadamente y, también, en todo o en parte de su contenido y ámbito territorial, cualquier instrumento de planeamiento, concretando el ámbito y los efectos de dicha suspensión, por un plazo de hasta 2 años, plazo durante el cual debe producirse su innovación.
En el plazo de 6 meses contado desde la adopción del acuerdo de suspensión, la Consejería competente en materia de urbanismo ha de establecer, previa información pública por un plazo mínimo de 20 días, las normas sustantivas de ordenación aplicables transitoriamente en sustitución de las suspendidas.
La entrada en vigor sobrevenida de planes de ordenación del territorio de ámbito subregional ha de comportar:
– la prevalencia de sus normas de aplicación directa, cuando éstas sean contrarias e incompatibles con las determinaciones del instrumento de planeamiento urbanístico;
– la adaptación de las normas del instrumento de planeamiento urbanístico en la forma que establezcan sus directrices;
– la obligación del municipio o municipios afectados de proceder a la innovación de sus instrumentos de planeamiento urbanístico para la adaptación de sus determinaciones a las de planificación territorial en los términos previstos en éstas.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).