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Valoración catastral. Cantabria

Con efectos desde el 1-1-2013, se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral en el año 2013, para estimar por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a efectos de liquidación de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, y se establecen las reglas para la aplicación de los citados coeficientes.
También se publica la metodología empleada para su obtención, que figura en el Anexo I de la presente Orden.
En concreto, se continúa en la aplicación del coeficiente corrector del 0,95 en previsión de la tendencia a la baja del mercado inmobiliario a lo largo del ejercicio 2013 y la limitación al máximo del 1,8 para los municipios con nuevas ponencias. Al igual que en el año anterior, durante el ejercicio 2013 ningún coeficiente experimenta incremento, independientemente del resultado obtenido con la metodología seguida para su cálculo y recogida en la presente Orden.

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