El turismo, configurado como elemento económico estratégico de Andalucía, se regula por L Andalucía 13/2011.
El plan, denominado Plan general de turismo sostenible de Andalucía Horizonte 2020, se considera plan con incidencia en la ordenación del territorio por lo que para su elaboración se precisó informe de incidencia en la ordenación del territorio y sometimiento a la evaluación ambiental de planes y programas.
La configuración de este plan como instrumento básico y esencial. justifica la obligación de que cualquier instrumento de planificación que se desarrolle en materia de turismo, deba ajustarse a las especificaciones y directrices contempladas en el mismo ex L Andalucía 13/2011 art.11.1.2.
Asimismo el Consejo Andaluz del Turismo, debe participar en el seguimiento del plan, recibiendo puntual información sobre su desarrollo y el cumplimiento de sus objetivos.
El plan tiene vigencia hasta el año 2020 inclusive.
NOTA
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