Desde el 1-1-2016 se da nueva redacción al texto que regula la aplicación del tipo reducido a los productos derivados de ciertas industrias y actividades. En concreto, respecto a las industrias químicas se declara la no aplicación de este tipo a los perfumes, extractos de perfume y los productos de cuidado personal referenciados en RDLeg 1/2015 art.2 .m y n.
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