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Tipo impositivo aplicable a las entregas de edificios, viviendas, garajes y anexos

Dentro de las medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público se incluye la prórroga para el ejercicio 2012 de otras medidas cuya vigencia finaliza el 31-12-2011. Esto ocurre en el ámbito del IVA con la aplicación del tipo superreducido del 4% a determinadas entregas de viviendas, por los efectos beneficiosos que pueden ejercer sobre la actividad económica.
Así, con efectos a partir del 20-8-2011 y vigencia hasta el 31-12-2012, las entregas de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente, tributarán al tipo superreducido del 4%.

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