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Tasas. Hecho imponible

Las entidades locales pueden establecer tasas por cualquier supuesto de prestación de servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local y, en particular, por los siguientes:
a) Otorgamiento de las licencias urbanísticas exigidas por la legislación del suelo y ordenación urbana o realización de las actividades administrativas de control en los casos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.
b) Otorgamiento de las licencias de apertura de establecimientos o realización de las actividades administrativas de control en los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o comunicación previa.

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