Desde el 1-6-2015 las notificaciones de los actos administrativos en materia de Seguridad Social que no se puedan realizar en los supuestos siguientes: interesados en un procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o su medio de notificación, o bien intentada la notificación, no se hubiese podido practicar, se harán por medio de un anuncio publicado en el BOE, en lugar de en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social (LGSS disp.adic.50ª.4 redacc L 34/2014).
Sin perjuicio de ello, se ha preservado la utilización del tablón ya operativo en la sede electrónica de la Seguridad Social como medio para la publicación de los anuncios, acuerdos, resoluciones, comunicaciones y cualesquiera otras informaciones de la Administración de la Seguridad Social no afectados por los supuestos en que las notificaciones hayan de practicarse en el tablón edictal único ubicado en el citado boletín oficial, pasando por ello a denominarse tablón de anuncios de la Seguridad Social y previéndose que las publicaciones en el mismo se efectuarán en los términos que se determinen por orden del MESS.
El acceso de los ciudadanos al tablón de anuncios de la Seguridad Social, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, no precisará de identificación alguna.
NOTA
Queda derogada desde el 24-6-2015 la OM TIN/831/2011
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