Actualidad jurídica Suscríbase vía email

Suelo no urbanizable. Edificaciones aisladas en Andalucía

La identificación de las edificaciones aisladas en suelo no urbanizable requiere la previa delimitación por el plan general de ordenación urbanística de todos los asentamientos urbanísticos existentes en el suelo no urbanizable del municipio, y de los asentamientos que puedan ser objeto de calificación como ámbitos del hábitat rural diseminado.
En ausencia de plan general, o si éste no contiene la delimitación de los asentamientos, el ayuntamiento debe elaborar un avance de planeamiento para su identificación, con carácter de ordenanza municipal, que debe someterse a información pública por plazo no inferior a 30 días.
Simultáneamente a la información pública ha de solicitarse informe a la consejería competente en materia de urbanismo.
Si no es necesaria la tramitación del avance, bien porque estén delimitados los asentamientos o porque no existan, el pleno municipal debe acordar expresamente la innecesariedad de dicho avance, previo informe de los servicios técnicos municipales y de la consejería competente en materia de urbanismo, para que lo emita en el plazo de 1 mes.
Las edificaciones que no se ubiquen en ninguno de los asentamientos delimitados por el plan general de ordenación urbanística o, en su defecto, en el documento de avance aprobado, han de identificarse como edificaciones aisladas.

Imprimir

Envíe su comentario:

(los campos con asteriscos son obligatorios)

Este Blog no dispone de servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.

Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.

Acepto las condiciones legales

Debes superar la prueba del captcha antes de enviar el formulario. ¡Gracias!


Atención al cliente

Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.

Por teléfono

Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.

Envío gratis

Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).

Devoluciones

Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).