Con efectos desde el 9-4-2013 se procede a regular la creación de las siguientes sedes electrónicas correspondientes a los órganos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas:
a) Sede Electrónica Central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
b) Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
c) Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro.
d) Sede Electrónica de la Dirección General de Ordenación del Juego.
e) Sede Electrónica de la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas.
f) Sede Electrónica de la Dirección General de Fondos Comunitarios.
Su ámbito de aplicación se extiende exclusivamente a los órganos pertenecientes a dicho Ministerio, quedando fuera del mismo los organismos públicos que deban aprobar sus respectivas sedes electrónicas mediante Resolución de su titular.
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