Se modifica la normativa reguladora de la zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, determinando los objetivos de calidad acústica para ruido que sean aplicables a áreas urbanizadas existentes, diferenciando para ello los diferentes tipos de área acústica.
En estos sectores han de adoptarse medidas adecuadas para la prevención de la contaminación acústica, en particular mediante la aplicación de las tecnologías de menor incidencia acústica de entre las mejores técnicas disponibles; y en el límite perimetral de los diferentes sectores no se podrán superar los objetivos de calidad acústica para ruido aplicables al resto de áreas acústicas colindantes con ellos.
Actualidad jurídica
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