Se impone a los instrumentos de planeamiento urbanístico la obligación de que prevean una reserva de suelo necesario para la construcción de puntos limpios municipales en los siguientes plazos contados desde uno máximo de dos años a contar desde 26-5-2012:
– 2 años en los municipios de más de 5.000 habitantes;
– 4 años en los municipios de más de 2.000 habitantes.
Actualidad jurídica
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