Con efectos desde el 1-1-2013, mediante resolución del director general competente en materia de vivienda, la Administración podrá reservar viviendas, con finalidades sociales, de una promoción de viviendas de promoción pública. Esta reserva deberá ejercerse en el momento de pronunciarse sobre el derecho de opción de compra previsto en la L Aragón 24/2003 art.28.
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