Como consecuencia del terremoto y movimientos sísmicos acaecidos en el municipio de Lorca (Murcia) el 11-5-2011, se adoptaron una serie de medidas extraordinarias con el fin de compensar los daños producidos (RDL 6/2011 art.12).
Entre las citadas medidas se incluía la reducción del IAE en el ejercicio 2011 a las industrias, establecimientos mercantiles y profesionales cuyos locales de negocio o bienes afectos a la actividad se vieron dañados como consecuencia directa de la catástrofe, siempre que hubieran tenido que ser objeto de realojamiento o se hubieran producido daños que obligaron al cierre temporal de la actividad.
Dicha reducción era proporcional al tiempo transcurrido desde el día en que produjo el cese de la actividad hasta su reinicio en condiciones de normalidad- en el mismo local o en otro habilitado al efecto-, sin perjuicio de considerar, por la gravedad de los daños producidos, el supuesto de cese en el ejercicio de aquella con efectos desde el día 31-12-2010.
Esta medida, que ya fué prorrogada para el ejercicio 2012 (RDL 11/2012 art.11), es ahora objeto de prórroga para el ejercicio 2013.
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