Como consecuencia del terremoto y movimientos sísmicos acaecidos en el municipio de Lorca (Murcia) el 11-5-2011, se adoptaron una serie de medidas extraordinarias con el fin de compensar los daños producidos (RDL 6/2011 art.12).
Una de las medidas adoptadas era la exención de las cuotas del IBI del ejercicio 2011 de las viviendas, establecimientos industriales y mercantiles, locales de trabajo y similares, de naturaleza urbana, situados en el municipio de Lorca (Murcia), dañados como consecuencia directa del siniestro.
Se exigía la acreditación de que las personas y los bienes en ellos ubicados habían sido objeto de realojamiento total o parcial en otras viviendas o locales diferentes hasta la reparación de los daños sufridos.
Esta medida, que ya fué prorrogada para el ejercicio 2012 (RDL 11/2012 art.11), es ahora objeto de prórroga para el ejercicio 2013.
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